El pasado jueves 9 de abril del 2020, se llevó a efecto la sesión ordinaria de Concejo Municipal de El Carmen, liderado por nuestro ciudadano Alcalde Rodrigo Mena Ramos, quienes aprobaron en segundo y definitivo debate la ordenanza que establece medidas obligatorias para la contención y brote del coronavirus (covid-19) en el cantón El Carmen. La sesión de concejo municipal se la realizó de manera virtual debido a la emergencia sanitaria que se vive en el país.
Entre las medidas obligatorias que constan en esta ordenanza municipal se dispone:
Artículo 2: El uso de mascarilla será obligatorio en espacios públicos.
El uso de mascarilla que cubra nariz y boca, de uso personal e intransferible, en todos los espacios públicos y de concurrencia masiva del cantón El Carmen. El incumplir estas medidas serán sancionado en la primera ocasión con servicios comunitarios, esto será: la limpieza, con barridos y desbroce en las veredas, bordillos y espacios públicos de nuestro cantón, por segunda ocasión será sancionado con una multa de $100,00 (Cien dólares de los Estados Unidos de Norte América), y con la colaboración de la Policía Nacional serán obligados a retirase del espacio público en el que se encuentren, y por tercera ocasión se aplicará lo establecido en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal, con prisión de uno a tres años respetando el debido proceso.
Se restringe el uso de las mascarillas tipo respirador N-95 a nivel comunitario por resolución del COE Nacional.
Artículo 3: Establecimientos deben implementar protocolos y medidas de salubridad, así como el uso de mascarillas y guantes para la atención del público
Los establecimientos públicos y/o privados, especialmente las entidades bancarias, mercados y centros de abastos implementen los protocolos y medidas de salubridad dispuestas por el COE Nacional, y las que sean necesarias para prevenir la propagación del COVID-19. Dicha medida será permanentemente vigilada por la dirección de servicios públicos y/o en coordinación con otras direcciones inherentes en este tema, en el caso de incumplimiento en lo dispuesto en esta norma, las personas naturales serán sancionadas de conformidad al artículo anterior, y en el caso de personas jurídicas no implicaría la sanción comunitaria, directamente la sanción económica del 50% del Salario Básico Unificado en vigencia y por segunda ocasión un Salario Básico Unificado en vigencia, y por tercera ocasión la norma coercitiva del Código Orgánico Integral Penal en su artículo 282, a sus representantes legales o a quienes hagan sus veces de representantes o administradores.
Así mismo la obligación del uso de mascarillas quirúrgicas y guantes para los trabajadores que realicen atención directa al público durante el plazo establecido en la declaración del estado de emergencia sanitaria. En caso de que no se cumpla esta disposición se procederá a la clausura temporal del establecimiento hasta que el mismo proceda acatar la medida dispuesta sentada en un acta de compromiso obligatorio.
Se dispone que todos los centros de abastos locales y transnacionales, así como entidades bancarias, deberán colocar a la vista del público los protocolos de salubridad que están dispuestos por el COE Nacional.
Esta ordenanza, entró en vigencia a partir de su aprobación por el Concejo Cantonal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón El Carmen liderado por nuestro ciudadano alcalde Rodrigo Mena Ramos.